• Las redadas para detectar inmigrantes irregulares (el art. 19.2 de la Ley Orgánica
de Seguridad Ciudadana sólo posibilita el establecimiento de controles policiales en vías, lugares o establecimientos públicos con fines de identificación cuando se haya producido un delito que causa grave alarma social y tenga como fin descubrir a sus autores y recabar
pruebas).
• Conducción a Comisaría, a los efectos de incoar un expediente sancionador por estancia irregular, de un ciudadano extranjero documentado (pasaporte o documento oficial de eficacia equivalente) pero que no acredita su estancia regular en España. (Al amparo del art. 20.2 de la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, sólo se puede conducir a Comisaría a los efectos de identificación)
• Resulta inconstitucional la selección étnica en los controles de identificación (Así lo ha declarado el Dictamen del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, de 17 de agosto de 2009).
2 Conviene recordar que, en respuesta a la queja sobre estas prácticas que 141 asociaciones interpusimos ante el Defensor del Pueblo, esta Institución expresó su compromiso para mantener “una actitud vigilante para compulsar en los casos concretos que se pudieran producir el más estricto respeto de la Administración a lo dispuesto en nuestra legislación, que en ningún caso puede interpretarse de manera restrictiva de los derechos básicos de los ciudadanos extranjeros”.
3 Otras posibilidades de actuar en: http://www.inmigrapenal.com/, área: redadas y detenciones, pestaña: ¿qué hacer?
FORMATO que incluimos al final de este documento. No es necesario argumentar en la queja la ilegalidad o el carácter abusivo de la práctica en cuestión; basta simplemente con relatar los hechos. Ahora bien, es muy importante que las quejas describan los hechos DE LA FORMA MÁS EXHAUSTIVA POSIBLE, pues así resulta más fácil probar su carácter abusivo, ilegal o desviado4 y ello permitirá detectar otras posibles prácticas ilegales. Por supuesto, sólo se rellenarán los aspectos conocidos, pudiendo añadirse cualquier otra circunstancia que se estime de interés.
No está de más recordar que no conviene perder la calma y la educación ante la Policía, debiendo valorar cada persona la oportunidad de asumir riesgos para obtener algunos datos (por ej. requerir al policía que se identifique).
Las quejas deberán remitirse al Defensor del Pueblo. Pensamos que la forma más barata y sencilla es por INTERNET. Tras acceder a su web (www.defensordelpueblo.es), pinchas en “Tu queja” y rellenas el formulario con los datos personales. Después redactas la queja, si te parece teniendo en cuenta las sugerencias de nuestro modelo. Imprime la queja o guárdala en tu ordenador. También cabe la posibilidad de poner una queja en el mismo momento llamando al teléfono de urgencia del Defensor (914327900).
4. Con independencia de la actuación del Defensor del Pueblo, estas quejas podrían servir como prueba de una realidad que el Ministerio del Interior se empeña en negar. Por ello, os pedimos que, una vez interpuesta la queja, a la mayor brevedad posible, ENVIÉIS UNA COPIA a redadas@inmigrapenal.com, a los efectos de recopilarlas para su análisis, seguimiento y posible utilización a efectos de denuncia.
5. Es cierto que estos abusos hace mucho que se vienen produciendo a pesar de las denuncias de numerosas personas y colectivos, que el panorama general induce al desaliento y, además, que todos estamos muy ocupados. Pero presentar una queja lleva muy poco tiempo y resulta urgente y necesario proclamar con cada queja que somos muchos quienes no podemos ni queremos asumir vulneraciones de derechos tan básicos. Por todo ello, difunde esta campaña y, si eres víctima o presencias alguna práctica policial que consideres ilegal o abusiva, PRESENTA UNA QUEJA.
6. Así, por ejemplo, si en la detención se invoca falta de identificación y, una vez en Comisaría, no se toman huellas y no se cotejan, eso demostraría que no hay conformidad entre el motivo esgrimido para la detención y la actividad policial desarrollada y que la finalidad real es el simple acoso.
CARTA MODELO:
AL DEFENSOR DEL PUEBLO
C/ Eduardo Dato 31, 28071 Madrid
DON/DOÑA_____________ (puede interponer la queja no sólo la persona afectada, sino también cualquier testigo o asociación que tenga conocimiento de casos concretos), de nacionalidad ____, con domicilio a efecto de notificaciones en la ciudad de ________, calle ________ ,nº____, Código Postal _____, con pasaporte núm __ (o el tipo de identificación de que se disponga) ante V.E. comparezco y E X P O N G O Que por medio del presente escrito quiero poner en conocimiento del Defensor del Pueblo los hechos que seguidamente enumero, solicitando su intervención para lograr el cese de estas malas prácticas policiales y que formule las recomendaciones oportunas al Ministerio del Interior para evitar su reiteración en el futuro.
H E C H O S
(Se procurará seguir la plantilla, pues es sumamente importante hacer una descripción lo más completa y detallada posible de la actuación policial. Por supuesto sólo deben incluirse los datos que se conozcan, pudiendo añadirse cualquier otro que se estime de interés).
1.- IDENTIDAD DEL EXTRANJERO AFECTADO/A
(En caso de no conocerse la identidad, se describirá todos los datos que se conozcan y que se pueda objetivar: hombre/mujer, edad aproximada, indumentaria, rasgos étnicos, nacionalidad, etc.).
2.- FECHA, HORA Y LUGAR Y OTRAS CIRCUNSTANCIAS DE LA ACTUACIÓN POLICIAL
Fecha y hora
Lugar: además de la dirección, especificar si la práctica tuvo lugar en la vía pública, en el metro, locutorio, intercambiador, cercanías, embajada, etc.)
Es importante hacer constar, en su caso, si a las personas a las que se requería la identificación tenían un perfil racial determinado o si, por el contrario, las identificaciones se producían con independencia de los rasgos étnicos)
Es relevante especificar si cachearon o “toquetearon” a la persona, si le obligaron a desnudarse (total o parcialmente)
Forma de requerir la documentación (educada o desconsideradamente, si se dio alguna justificación, etc.)
Cualquier otro dato que se estime de interés.
3.- IDENTIFICACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS ACTUANTES
Policía Municipal, Autonómica, Nacional o Guardia Civil.
Número profesional u otros elementos identificatorios.
Si iban de uniforme o de paisano.
Matrícula del coche policial.
Número aproximado de policías, de vehículos, etc.
Cualquier otro dato que se estime de interés
4.- OTRAS CIRCUNSTANCIAS DE LA PERSONA AFECTADA.
Desde cuándo reside en España.
Si tiene o no papeles. [yo no estoy tan seguro]
Si carece o no de antecedentes penales.
Qué tipo de documentación identificatoria exhibió y si estaba en perfecto estado y era legible (si se quiere, se puede adjuntar escaneado el documento en color para evitar que se alegue que no era legible, estaba en mal estado o podía ser falso).
5.- SI SE PRODUJO LA DETENCIÓN:
Si la detención fue de una sola persona o de varias.
Las razones de la detención que dieron al afectado.
Si se le informó de sus derechos.
Circunstancias del traslado: en qué tipo de vehículo le trasladaron, si iban más detenidos…
Gestiones que se hicieron en Comisaría: si se tomaron o no huellas [cosa teóricamente indispensable], si le asistió abogado, si habló con él, si le permitieron hacer llamadas, si se le entregó algún tipo de documentación, si se le retuvo algún tipo de documentación, si se le facilitó
intérprete en caso de no entender castellano, etc.
Trato recibido por la policía durante la estancia en Comisaría.
Es importante hacer constar el tiempo que duró la detención(si es posible especificando hora de entrada y hora de salida).
6.- QUÉ PASÓ DESPUÉS: o SI QUEDÓ EN LIBERTAD DESDE LA COMISARÍA:
Consecuencias personales, familiares y laborales de la detención, perjuicios generados por la misma, incluso, en su caso, valoración económica de los perjuicios (incluyendo lo que se ha dejado de ganar por haber estado detenido).
Consecuencias jurídicas: si se le incoó algún procedimiento sancionador, et.
o SI SE SOLICITÓ PLAZA EN UN CIE:
Cómo fue la comparecencia en el Juzgado (si se pudo entrevistar con el abogado y entregarle documentación o no, si el abogado estuvo presente mientras declaraba ante el Juez y cualquier otra circunstancia que considere de interés)
o SI SE PRODUJO EL INGRESO EN EL CIE:
Esta campaña de quejas está pensada para denunciar loscontroles de identidad, redadas y detenciones policiales. No está pensada para vulneraciones de derechos durante el internamiento en el CIE. Sin embargo, nada impideque la persona afectada pueda ampliar su queja con denuncias relativas al internamiento [o incluso dedicarla exclusivamente a este tema], haciendo constar los datos que estime pertinentes.
En virtud de todo ello, SOLICITO DEL DEFENSOR DEL PUEBLO que investigue los hechos denunciados, adoptando las decisiones y medidas que dentro de su competencia considere más adecuadas. [teóricamente también se puede enviar esta carta al 'Sindicat de greuges' (http://www.sindic.cat/ca/page.asp?id=1 - 900 124 124 o 933 018 075, pero yo no me acabo de fiar].
Fecha
FIRMA (de la persona que presenta la queja)
Si todavía no has venido pero piensas hacerlo puedes visitar la página de la INEM [ https://www.redtrabaja.es/es/portaltrabaja/resources/contenidos/home/intermedia.html ], así como euroresidentes.com, una interesante web que te resolvera algunas dudas frecuentes [ http://www.euroresidentes.com/inmigracion/emigrar-a-espana.htm].
CURIOSIDADES:
Que fácil es olvidar. Este documental narra las peripecias de los inmigrantes de la dictadura-recesión española: ‘El tren de la memoria’.

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